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Protección para inmigrantes sobrevivientes de violencia en el hogar

La Ley de Violencia Contra la Mujer (Violence Against Women Act, o VAWA) les ofrece a algunas víctimas de la violencia en el hogar un camino para la residencia permanente legal (lawful permanent resident, o LPR, a veces se llama una persona que tiene una tarjeta verde). Las protecciones de VAWA corresponden tanto a mujeres como hombres.

Elegibilidad

Un cónyuge maltratado, un ex cónyuge o un hijo de un ciudadano de EE. UU. pueden ser elegibles para presentar una petición sin que el maltratador se entere. Un padre que es maltratado por un hijo mayor de edad que es ciudadano de EE. UU. también puede solicitar amparo si su hijo maltratador es mayor de 21 años de edad.

Un cónyuge, ex cónyuge o hijo de un LPR también puede presentar una petición para sí mismo. Un padre de un LPR maltratador no puede presentar una solicitud para sí mismo bajo VAWA.

Los cónyuges de ciudadanos o LPRs maltratadores

Para ser elegible para VAWA como cónyuge, tiene que tener una relación conyugal que cumple con los requisitos con el ciudadano o LPR maltratador. Su relación cumple con los requisitos si alguno de los siguientes corresponde a usted:

  • La persona que lo maltrató es ciudadano o LPR de EE. UU., o su maltratador renunció a la ciudadanía o renunció o perdió su condición de LPR (debido a un incidente de violencia en el hogar) menos de dos años antes de que presente su petición
  • Está casado actualmente con el maltratador o el matrimonio terminó debido a la muerte o un divorcio (relacionado con el maltrato) menos de dos años antes de que presente su petición
  • Creía que estaba casado legalmente con su cónyuge ciudadano o LPR, pero el matrimonio no era legítimo porque su cónyuge seguía casado con otra persona cuando ustedes se casaron

Además de tener una relación que cumpla con los requisitos, su cónyuge ciudadano o LPR tiene que haber maltratado a usted o a su hijo.

Los demás requisitos son:

  • Tiene que haber contraído matrimonio de buena fe, no solo para obtener beneficios de inmigración;
  • Tiene que haber vivido con su cónyuge; y
  • Tiene que ser una persona de buen carácter moral.

Tener buen carácter moral significa que su carácter alcanza las normas de un ciudadano promedio en su comunidad.

Residentes permanentes condicionales

Es posible que tenga una residencia permanente condicional (conditional permanent residency, o CPR) si se casó con un ciudadano o LPR de EE. UU. La condición de CPR es válida solo por dos años. En general, usted y su cónyuge tienen que presentar una Petición conjunta para cancelar las condiciones de residencia en los tres meses antes de que venza su condición de CPR. Si no presenta la petición en esos tres meses, puede ser deportado. VAWA ofrece un camino a ser un LPR sin presentar la petición conjunta.

Para obtener más información sobre la CPR y otras condiciones migratorias, lea el artículo Puntos básicos sobre la inmigración: Condición migratoria, leyes, agencias y cortes.

Hijos de ciudadanos o LPRs maltratadores

Para ser elegible para VAWA como hijo, tiene que tener una relación de padre/hijo con el ciudadano o LPR maltratador que cumpla con los requisitos. Su relación cumple con los requisitos si es el hijo de un ciudadano o LPR maltratador o es hijo de un ciudadano o LPR maltratador que renunció a la ciudadanía o perdió su condición de LPR debido a un incidente de violencia en el hogar.

Además de tener la relación elegible, tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Su padre/madre ciudadano o LPR tiene que haberlo maltratado;
  • Ha vivido con su padre/madre maltratador y
  • Es una persona de buen carácter moral.

Tener buen carácter moral significa que su carácter alcanza las normas de un ciudadano promedio en su comunidad. Se supone que un niño menor de 14 años de edad es una persona de buen carácter moral.

Padres de ciudadanos maltratadores

Para ser elegible para VAWA como un padre, tiene que tener una relación de padre/hijo con el ciudadano o LPR maltratador que cumpla con los requisitos. Su relación cumple con los requisitos si:

  • Es el padre o la madre de un ciudadano maltratador que tiene por lo menos 21 años de edad cuando presenta su petición; 
  • Es el padre o la madre de un ciudadano maltratador que renunció a su ciudadanía o
  • Es el padre o la madre de un ciudadano maltratador que tenía por lo menos 21 años de edad y murió menos de dos años antes de que presentara su petición.

Además de tener la relación adecuada, tiene que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Su hijo ciudadano tiene que haberlo maltratado;
  • Ha vivido con el hijo maltratador; y
  • Es una persona de buen carácter moral.

Tener buen carácter moral significa que su carácter alcanza las normas de un ciudadano promedio en su comunidad.

Cómo solicitar VAWA

El proceso empieza cuando presenta el formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial con USCIS. Aunque hay instrucciones e información disponibles sobre cómo presentar este formulario en el sitio web de USCIS, le puede convenir hablar con un abogado de inmigración antes de presentar algo. Use la Guía para ayuda legal para encontrar abogados y servicios de inmigración en su zona. Lamentablemente, esta herramienta solo está disponible en inglés. Esperamos tener una versión en español disponible pronto.

Si está viviendo en el extranjero, puede presentar el formulario I-360 si alguno de los siguientes son ciertos:

  • El maltratador es un empleado del gobierno de EE. UU.;
  • El maltratador es miembro de las fuerzas uniformadas; o
  • Fue maltratado en Estados Unidos.

El tiempo de procesamiento puede variar. Para tener una idea de cuánto tiempo puede tardar USCIS en procesar su solicitud, use la herramienta sobre el tiempo de procesamiento de USCIS. Seleccione “I-360 – Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial" en el menú desplegable de Formulario. Seleccione "Vermont Service Center” en el menú desplegable de Oficina local o centro de servicio. Haga clic en "Obtenga el tiempo de procesamiento". Busque la fecha en la fila "Ley sobre la Violencia Contra la Mujer (VAWA)".

Si es un cónyuge o hijo y reúne los requisitos de presentación, recibirá un aviso (Aviso de determinación prima facie) una vez que USCIS procese su petición. Puede mostrar el aviso a agencias gubernamentales que brindan cierta ayuda pública a ciertas víctimas de violencia en el hogar para ver si puede obtener beneficios. El aviso es válido por 150 días.

Si se aprueba su petición y es el cónyuge o el hijo de un ciudadano maltratador, puede solicitar ser un LPR inmediatamente. Por supuesto que debe verificar que cumple con los demás requisitos para obtener una tarjeta verde. Otros autopeticionarios pueden ser elegibles para ser LPRs cuando se haga vigente su fecha de prioridad. Ellos también deben verificar que cumplen con los demás requisitos para obtener una tarjeta verde. Para obtener más información sobre las categorías de preferencia familiar, lea Inmigración a través de familiares y matrimonio.

Si se aprueba su petición pero no es elegible para obtener una tarjeta verde debido a su conducta anterior (como una violación de inmigración) es posible que le otorguen acción diferida y le permitan trabajar. Acción diferida significa que aunque técnicamente pueden deportarlo, usted no es una prioridad y le permitirán quedar en EE. UU. Esto se podrá renovar todos los años. Para obtener más información sobre acción diferida y las distintas condiciones migratorias, lea el artículo Puntos básicos sobre la inmigración: Condición migratoria, leyes, agencias y cortes.

Trabajar en EE.UU.

Si se aprueba su petición, será elegible para buscar trabajo. Para postularse para trabajos en EE. UU., tiene que presentar formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. Aunque hay instrucciones e información disponibles sobre cómo presentar este formulario en el sitio web de USCIS, le puede convenir hablar con un abogado de inmigración para que lo ayude. Use la Guía para ayuda legal para encontrar abogados y servicios de inmigración en su zona.

Recursos

Puede obtener ayuda de la Línea Nacional contra la Violencia Doméstica, al 1-800-799-7233 o 1-800-787-3224 (TDD). La línea telefónica cuenta con información sobre los refugios, la atención de salud mental, servicios legales y otros tipos de ayuda. Para obtener más información, visite el sitio web de la Línea Nacional contra la Violencia Doméstica.

Es posible que el Centro de Derechos de Inmigrantes de Michigan pueda ayudar con su caso de inmigración. Comuníquese con el centro para obtener más información.