Este paquete de herramientas le cuenta sobre la adopción de hijastros. Le puede ayudar si quiere adoptar a su hijastro, si su cónyuge quiere adoptar a su hijo o si el padrastro o madrastra de su hijo quiere adoptar a su hijo. Para obtener información general sobre la adopción de hijastros, lea los Artículos. Si tiene una pregunta específica, lea las Preguntas comunes. Si quiere adoptar a su hijastro, use el enlace a Formularios para preparar sus formularios. Las Listas de verificación a continuación tienen instrucciones paso a paso para pedirle al juez una adopción de hijastros. Los enlaces en Cortes y Agencias le darán información sobre la corte o agencia a cargo de su caso.
Encontrará enlaces a las oficinas de ayuda legal y los servicios de referencia de abogados en Encuentre un abogado. Si hay un Centro de autoayuda en su área, puede obtener más ayuda allí. Si necesita algo más que ayuda legal, busque en Servicios comunitarios. Si necesita una exención de cuotas o un intérprete, o si usted tiene una discapacidad o quiere obtener más información sobre ir a la corte, visite Ir a la corte.
Preguntas comunes
La adopción de un hijastro es un proceso de la corte que le permite al cónyuge del padre custodial adoptar al hijo de su cónyuge. Se puede usar si los padres biológicos están divorciados o si nunca estuvieron casados. El cónyuge nuevo presenta una Petición de adopción y otros formularios para iniciar el proceso.
La adopción de un hijastro es permanente. Si el juez la aprueba, el otro padre perderá todos sus derechos de custodia y visitación. No tendrá que pagar manutención de los hijos ni tendrá ninguna otra responsabilidad relativa al hijo. El padrastro o la madrastra se convierte en el nuevo padre/la nueva madre legal. Seguirá siendo el padre o la madre legal, incluso si se divorcia del padre custodial más adelante.
Se tienen que dar por terminados los derechos de paternidad (la patria potestad) del otro padre antes de que el juez apruebe la adopción del hijastro. Para que esto ocurra, el padre no custodial tiene que aceptar voluntariamente que se den por terminados sus derechos de paternidad o un juez tiene que dar por terminados sus derechos de paternidad involuntariamente.
Si el otro padre del hijo no acepta renunciar sus derechos de paternidad, es posible que se den por terminados sus derechos de paternidad involuntariamente.
El juez puede dar por terminados los derechos de paternidad del otro padre si todos los siguientes son ciertos:
- El padre no le brindó manutención económica sustancial al menor por dos años o más;
- El padre no visitó ni tuvo contacto sustancial con el menor por dos años o más; y
- El padre tenía la capacidad para pagarle manutención al menor y la oportunidad de visitar o ponerse en contacto con el menor durante los dos años.
La parte recurrente (el padrastro/la madrastra) tiene que probar clara y convincentemente que la terminación de los derechos de paternidad es justificada.
Sí. Si el otro padre está de acuerdo con la adopción, tiene que comparecer en la corte y firmar los formularios de consentimiento requeridos. En ese momento el otro padre renunciará voluntariamente todos sus derechos de paternidad relativos al hijo. El juez puede hacer preguntas para asegurarse que el consentimiento de este padre para la adopción es genuino. Es probable que el juez les haga preguntas al padrastro/a la madrastra y su cónyuge para asegurarse de que la adopción está en mejor interés del hijo.
Si el otro padre no está de acuerdo con la terminación de sus derechos de paternidad, habrá una audiencia para examinar pruebas. Si llega a esta etapa en el caso, es posible que le convenga hablar con un abogado. En esa situación la adopción de hijastros no es sencilla. Puede usar la Guía para ayuda legal para encontrar abogados y servicios legales en su zona. Lamentablemente, esta herramienta solo está disponible en inglés. Esperamos tener una versión en español disponible pronto.