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Ir a la corte en un caso de desalojo
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Si recibió un Aviso de desalojo o una Reclamación de posesión, lea Desalojo: ¿qué es y cómo empieza?
Si no puede resolver el asunto ya sea haciendo lo que quiere el propietario o llegando a un acuerdo con el propietario, es posible que el propietario presente un caso de desalojo en su contra. Si esto ocurre, es posible que tenga que ir a la corte. Si llegan a un acuerdo antes de que empiece el caso, póngalo por escrito y consiga que el propietario lo firme. Obtenga su propia copia para evitar malentendidos sobre el acuerdo más adelante.
Cómo se empieza un caso de la corte
Su propietario puede empezar un caso de la corte para desalojarlo presentando una demanda en la corte de distrito local. El propietario puede pedir solo desalojarlo (que se llama posesión) o desalojarlo y recibir daños monetarios.
Cuando presenta la demanda, el propietario tiene que adjuntar una copia del contrato de alquiler (si tiene un contrato por escrito), la Reclamación de posesión o el Aviso de desalojo y la Prueba de entrega, para mostrar que usted lo recibió.
La citación
Cuando la corte reciba la demanda, emitirá una citación. La citación le dice que:
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Lo están demandando;
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El propietario quiere dinero o quiere desalojarlo, o ambas cosas;
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Tiene que comparecer en la corte en una fecha y hora específica para una audiencia o que tiene que presentar una respuesta por escrito dentro de los cinco días;
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Tiene derecho a tener un abogado, y si no puede pagar un abogado, podría ser elegible para recibir ayuda legal gratis;
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Tiene derecho a tener un juicio por jurado, y si lo desea tiene que solicitarlo en su primera respuesta y pagar una cuota de solicitación de un jurado.
La demanda
La demanda tiene que decir todo lo siguiente, si corresponde:
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Por qué lo están desalojando, tanto el nombre legal del reclamo y los motivos por el mismo
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El período de alquiler y el monto de renta para cada periodo, si el propietario solicita dinero por el alquiler además del desalojo
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Si el propietario mantuvo el predio habitable y en buenas condiciones
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Si el propietario está solicitando un juicio por jurado
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Cualquier otro detalle específico sobre el desalojo
Esta información se incluye en los formularios estándares que están disponibles en el sitio web Una corte de justicia de Michigan (Michigan One Court of Justice).
El propietario deberá usar distintos formularios para el desalojo por no pagar el alquiler, recuperar la posesión, peligro para la salud o daño a la propiedad y desalojo de motivo justificado de una casa móvil. La mayoría de los propietarios usa estos formularios.
La entrega de la citación y demanda
Debe recibir la entrega legal de una copia de la citación y demanda y todos los adjuntos por correo. Además, también debe recibir la entrega legal de una de las siguientes maneras:
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Haciendo que se la den personalmente
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Entregándola en la vivienda alquilada a alguien en su hogar que tiene edad suficiente para recibirla
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Pegándola o colocándola bien en la entrada principal de su vivienda después de varios intentos diligentes fallidos
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Enviándoselo electrónicamente (por correo electrónico)
El propietario solo puede hacer el entrega legal por correo electrónico si ocurre todo lo siguiente:
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Usted acordó recibir el entrega legal por correo electrónico por escrito (este acuerdo podría estar en su contrato de alquiler)
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El propietario le envió el acuerdo o la confirmación por correo electrónico
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Usted respondió al correo electrónico del propietario
Si cambia su dirección de correo electrónico, debe informar al propietario sobre su nueva dirección de correo electrónico por escrito, o seguir el proceso enumerado anteriormente para su nueva dirección de correo electrónico.
Esto significa que debe obtener dos copias de la citación y demanda para que la entrega legal sea correcta.
El propietario no puede ser la persona que le entregue los papeles. A menudo los entrega un profesional de entrega legal, pero también lo pueden hacer otras personas.
El propietario tiene que demostrarle a la corte que usted recibió correctamente la entrega legal. Esto lo hace llenando la Prueba de entrega en la sección inferior de la primera página del formulario de la citación y presentándola en la corte.
El propietario tiene que verificar que usted reciba la entrega legal de la citación y demanda por lo menos tres días antes de la fecha de audiencia programada.
Si no recibió la entrega legal correctamente, puede usar esto como una defensa contra el desalojo. Para obtener más información sobre las defensas contra el desalojo, lea Defensas y contrademandas comunes en los casos de desalojo.
Cómo responder a la citación y demanda
Si recibe una citación y demanda, debe tener la fecha cuando tiene que ir a la corte. En ese caso, puede ir a la corte y responder verbalmente en la audiencia o presentar una respuesta por escrito en la corte.
Cómo presentar una respuesta a la demanda
Una demanda se compone de varios párrafos. Cada párrafo debería estar numerado.
Para presentar una respuesta a la demanda, debe responder a todos los párrafos, uno por uno. Independientemente del motivo de su desalojo, puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Respuesta a la demanda de desalojo para crear su respuesta.
Para cada párrafo, tiene que decir que:
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Está de acuerdo con el párrafo de la demanda;
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No está de acuerdo con el párrafo de la demanda; o
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No sabe si el párrafo es cierto o no.
Simplemente siga estas reglas sencillas:
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No diga que está de acuerdo con algo a menos que sepa que es cierto
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No diga que no está de acuerdo con algo a menos que sepa que no es cierto
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Si no sabe, elija “No sé”
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Si un párrafo hace más de un reclamo, no lo acepte a menos que sepa que todos los reclamos son ciertos
Puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Respuesta a la demanda de desalojo para crear su respuesta.
Si quiere tener un juicio por jurado tiene que solicitarlo en la primera audiencia y estar preparado para pagar la cuota de jurado en ese momento. En general, la cuota es de $50. Si recibe ayuda pública o no puede pagar la cuota de jurado, puede pedirle a la corte que exima la cuota presentando una Solicitud de exención de cuotas. Puede usar la herramienta Hágalo usted mismo: Exención de cuotas para crear su formulario.
Defensas y contrademandas
Puede haber una buena razón por la cual usted no debería ser desalojado, aunque lo que diga el propietario en la demanda sea cierto. En ese caso, tiene una defensa a la demanda de desalojo. Si tiene una defensa, tiene que indicarla además de la respuesta, y tiene que contarle a la corte los datos específicos de su defensa.
Si tiene un reclamo legal contra el propietario basado en los mismos hechos que el desalojo, tiene una contrademanda. También tiene que indicar cuál es su contrademanda en la respuesta. Puede presentar defensas y contrademandas usando la herramienta Hágalo usted mismo: Respuesta a la demanda de desalojo.
Para obtener más información, lea Defensas y contrademandas comunes en casos de desalojo.
Cómo prepararse para ir a la corte
Cuando comparezca en la corte es posible que se haga el juicio ese mismo día. Debe llevar todo lo que necesite para probar su caso ese día. Si hay un buen motivo para demorar el juicio, es posible que la corte lo aplace y lo programe para otra fecha en el futuro. La corte no aplazará el juicio por más de 56 días.
Reúna pruebas
Reúna sus pruebas para prepararse para la audiencia. Sus pruebas pueden incluir:
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Copias de cartas o e-mails que envió al propietario o departamento de vivienda
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Cartas o e-mails que recibió del propietario o departamento de vivienda
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Fotografías de las reparaciones necesarias
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Copias de facturas y recibos de reparaciones, o por otros costos relacionados con los problemas, como por ejemplo una vivienda temporal
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Estados de cuenta de cualquier cuenta de plica donde haya depositado el alquiler que está reteniendo debido a una disputa con el propietario
Testigos
Las personas que saben de primera mano lo que pasó tienen que declarar lo que saben en la audiencia. Las declaraciones no pueden ser presentadas a la corte por escrito. Alguien que sabe de primera mano lo que pasó en su caso podría ser un testigo en su caso.
Si un testigo no está dispuesto a comparecer, puede pedirle al secretario de la corte que emita una orden de comparecencia (citatorio). La orden requerirá al testigo a comparecer en la audiencia o juicio. La orden de comparecencia se tiene que entregar legalmente al testigo (junto con cualquier cuota de testigo correspondiente) no más de dos días antes de la audiencia/el juicio. Tendrá que pagarle al secretario de la corte para coordinar la entrega legal de esta orden.
Comparecer ante la corte
Es importante recordar que cuando se representa a sí misma en la corte, se espera que siga las mismas reglas que los abogados. Puede obtener información sobre su comparecencia en la corte en el artículo Lo que puede pasar cuando vaya a la corte.
Cuando llegue a la corte
En general, la audiencia se hará en el lugar indicado en la citación. Es importante llegar a tiempo. Vístase bien. Llegue unos 10 o 15 minutos antes del horario programado para su audiencia. Infórmele al secretario o funcionario de la corte sentado cerca del juez, pero no interrumpa los procedimientos en curso. Debe estar preparado para pasar la mayoría de la mañana o tarde en la corte. Lleve sus testigos y sus pruebas a la corte. Recuerde que debe hablar claramente, contestar cualquier pregunta que haga el juez y no interrumpir al juez o a la otra parte.
Quién es quién
En un caso de desalojo, el propietario es el demandante, o sea la persona o entidad que presenta el juicio en la corte. Usted, el inquilino, es el demandado. Usted se está defendiendo contra la demanda del propietario. Juntos, usted y el propietario se llaman las partes del caso.
Si el propietario no está en la corte cuando llamen el caso, es posible que se despida el caso. Si usted no está en la corte cuando anuncien su caso, es posible que se emita un fallo por falta de comparecencia en su contra. Esto significa que si el juez decide que el propietario tiene un buen reclamo, el propietario puede obtener un fallo sin tener una audiencia porque usted no compareció para disputar la demanda.
Cuando empieza la audiencia
El juez debería decirle que tiene derecho a tener un abogado. Si quiere un abogado, es una buena razón para aplazar el juicio. Si ya sea usted o el propietario no tiene un abogado y solicita uno, el juez en general aplazará el juicio por siete días. El derecho de tener un abogado significa que cualquiera de las partes puede tener un abogado si lo pueden pagar. No significa que la corte o alguna otra persona pagarán por su abogado.
Si el juicio se demora por más de siete días después de la primera audiencia el propietario puede pedirle al juez que le ordene pagar el dinero de alquiler en una cuenta de plica. Esto es dinero para cubrir el alquiler que podría deber por quedarse en la vivienda hasta el juicio. Solo se puede usar para el alquiler que podría deber por quedarse en la vivienda mientras espera el juicio, no para el alquiler atrasado que puede llegar a deber.
El juicio
En la corte, cada lado tiene la oportunidad de contarle al juez o jurado su versión de los hechos y mostrar sus pruebas. Es muy importante seguir las reglas y no interrumpir al otro lado cuando sea su turno.
Como es el demandante, el propietario empezará primero. El propietario tendrá la oportunidad de mostrarle a la corte cualquier documento o foto que tenga para probar el caso. El propietario tendrá la oportunidad de presentar testigos para declarar. Usted o su abogado también tendrá la oportunidad de hacerles preguntas a los testigos del propietario. El propietario tiene que probar lo que declaró en la demanda para desalojarlo.
Después de que el propietario termine de presentar su caso, le tocará a usted contar su versión de los hechos. Tendrá la misma oportunidad de mostrarle pruebas a la corte y presentar testigos
El fallo
Después de que usted y su propietario presenten sus casos, el juez o jurado decidirá lo que debería pasar. Decidirán si usted se tiene que mudar o no, si debe dinero y, en ese caso, cuánto debe. Esa decisión debería basarse en la ley y en quién tiene las pruebas más creíbles. A veces puede haber un resultado combinado. El juez o jurado pueden decidir algunas cosas a favor de ambos usted y su propietario.
Si una de las partes gana claramente, puede pedirle que la otra parte pague parte de sus costos del caso. El monto de los costos está determinado por la ley. Sin embargo, las dos partes son responsables por sus propias cuotas legales.
Alternativas a ir a la corte
Usted y el propietario pueden llegar a un acuerdo o resolución ustedes mismos en cualquier momento antes de ir a la corte. Si no pueden resolverlo sin ayuda pero no quieren ir a la corte, es posible que puedan usar el proceso de mediación y trabajar con una tercera parte neutral para llegar a un acuerdo.
Si llegan a un acuerdo después de que se presentó la demanda, los dos pueden firmar un fallo por consentimiento, o ponerse de acuerdo para que se despida el caso una vez que uno o ambos hayan hecho algo para resolver el problema.
Si llegan a un acuerdo, comuníquese con la corte para ver si todavía necesita ir a la audiencia para informarle a la corte sobre el acuerdo. Si no lo hace, podría recibir un fallo por falta de comparecencia en su contra, lo cual podría resultar en el desalojo y una orden diciendo que tiene que pagar dinero.
Para obtener información sobre lo que pasa después de que se emita un fallo en el caso, lea El desalojo después de ir a la corte.